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Siempre has tomado decisiones responsablemente y has asumido las consecuencias de tus actos. ¿Por qué entonces dejar al azar o en manos de terceros las situaciones relacionadas con el inevitable fin de la vida? ¿O dejar que otros adivinen cuáles hubieran sido tus deseos en caso de que sucediera un accidente o una enfermedad que te impidan expresarlos? Hay un documento legal que te permite seguir en control y que se cumplan tus deseos cuando se presenten circunstancias extremas: es la directiva anticipada para el cuidado médico (voluntad anticipada o testamento vital, en diferentes países) y a todos nos conviene tenerla.

No podemos predecir el futuro, pero sí podemos prepararnos adecuadamente para proteger nuestros deseos y a nuestras familias a largo plazo. Un ejemplo perfecto de ello son las directivas anticipadas para el cuidado médico. Estos documentos les informan a los profesionales de la salud y a tus seres queridos cuáles son tus deseos en caso de que te enfermes gravemente o tengas una condición que te incapacite. También te permiten designar a una persona para que pueda tomar decisiones por ti cuando no puedas valerte por ti misma(a).

Es una buena idea que todos los adultos, a cualquier edad, preparen sus directivas anticipadas antes de que se presente una crisis, con tiempo y calma para pensar y decidir lo que realmente quieren que suceda en caso de una emergencia médica, con la tranquilidad de que no le dejan esa responsabilidad a otro miembro de la familia.

No es un tema fácil, ni muy popular, pero no por eso menos importante. ¿Qué pasaría si no has tomado medidas y de repente entras en coma al tener un accidente? ¿O desarrollas demencia? Aun así, tienes derecho a que tus decisiones y tus deseos se respeten. Para ayudarte, aquí está la información básica.

¿Qué son las directivas anticipadas?

Son instrucciones o declaraciones, verbales o escritas, sobre la manera en que deseas recibir atención médica futura en caso de que estés gravemente enfermo(a) o incapacitado(a) para tomar esas decisiones por ti mismo(a). Algunas personas las escriben cuando reciben el diagnóstico de una enfermedad que amenaza su vida, o cuando ingresan para una cirugía u otro procedimiento mayor. Otras ponen sus deseos por escrito cuando están perfectamente saludables, como parte de una planificación de vida a largo plazo.

¿Cuántos tipos hay?

Básicamente, hay tres tipos de directivas por anticipado:

  1. Un testamento en vida (living will)
  2. Un poder legal que designa a un sustituto para que tome decisiones por ti relacionadas con tu cuidado médico (o healthcare proxy)
  3. Una donación de órganos

Desde luego, hay que tener en cuenta las provisiones y limitaciones de tipo legal en cada país, o incluso estado (como en Estados Unidos en las que las leyes estatales son las que rigen este tipo de documentos). Lo más acertado es consultar con un abogado y asesorarse bien en el tema. Pero además, puedes consultar con un(a) trabajador(a) social en tu hospital más cercano o incluso a través de tu médico de cabecera o el profesional de la salud a tu cuidado.

El testamento en vida:

Se llama así porque te permite tomar tus decisiones mientras estás con vida. Este documento registra por escrito lo que deseas que suceda en relación con los cuidados médicos que querrás o no recibir en situaciones extremas como si te encuentras en estado de coma o en una situación médica grave. Por ejemplo, si tienes muy pocas posibilidades de sobrevivir: ¿querrías que te alimentaran mediante un tubo o que te mantuvieran respirando artificialmente a través de un respirador mecánico?

Antes de que el testamento en vida pueda ser utilizado, dos médicos deben certificar:

  • Que no te encuentras en condiciones de tomar decisiones médicas por ti mismo(a)
  • Te encuentras en la condición médica especificada en la ley del país o estado que rige el testamento en vida. Por ejemplo, se trata de una “enfermedad terminal”, o te encuentras en un estado de “inconsciencia permanente”

El poder legal:

No siempre se pueden anticipar todas las situaciones médicas que pueden presentarse, como en el caso del testamento en vida. Por eso, otras personas se sienten más cómodas nombrando a otra persona como su representante para la toma de decisiones médicas. Esta persona, que puede ser un familiar o un amigo, se convierte en el agente apoderado o sustituto y debe reunir los siguientes requisitos:

  • Tener por lo menos 18 años de edad
  • Debe conocerte bien, estar al tanto de tus deseos, tus valores e ideas
  • Ser una persona de confianza que pueda estar disponible cuando tú o tu familia lo necesiten
  • Pueda informar al personal médico de tus directivas anticipadas. Conviene nombrar un agente alterno en caso de que el principal no esté en condiciones de cumplir su tarea en un momento dado

Lo que ese agente puede hacer por ti:

Tu agente apoderado no puede ser ni tu médico ni alguien que trabaje en el hospital o centro médico en el que te encuentres, a no ser que sea un miembro de tu familia.

A continuación te damos una lista de las decisiones que este sustituto puede tomar por ti:

  • Puede estar de acuerdo, cambiar, o elegir:
    • doctores, enfermeras o trabajadores sociales a tu cuidado
    • hospitales, clínicas o centros médicos en las que recibas atención médica
    • medicamentos que recibas o exámenes que te hagan
    • lo que ocurra con tu cuerpo o con tus órganos en caso de muerte
  • Puede decidir además:
    • Tratamientos de soporte vital (como resucitación cardiopulmonar, mecanismo de respiración o ventilador/respirador controlado, diálisis, sonda alimentaria, transfusiones de sangre, cirugía y medicamentos
    • Cuidados paliativos para enfermos terminales
    • Llamar a un líder espiritual
    • Decidir si vas a morir en el hospital o en tu hogar

La donación de órganos:

Este documento especifica tu deseo de donar, en caso de fallecimiento, ciertas partes de tu cuerpo (órganos o tejidos), o éste en su totalidad para estudios médicos. Tu decisión de convertirte en donante puede incluirse en ciertos documentos, como la licencia de conducción o la tarjeta de identificación estatal (en Estados Unidos). Investiga si esto es posible en el lugar en donde vives.

Puedes seleccionar una, dos, o incluso, las tres opciones de directivas por anticipado. Aunque no necesitas un abogado para llenarlas, sí necesitas firmarlas ante dos testigos para que sean válidas (en los Estados Unidos). Infórmate acerca de los requisitos que debes cumplir en el lugar en donde vives.

Otras cosas que debes tener en cuenta:

  • El personal de emergencia no puede honrar las directivas por anticipado. Una vez que se llama a los servicios de emergencia, el personal debe hacer todo lo posible para estabilizar al paciente y llevarlo a un hospital. Cuando se llega allí, y después de que un médico evalúe a profundidad el caso, las condiciones de las directivas anticipadas pueden hacerse vigentes.
  • Las directivas anticipadas no expiran. Se mantienen en efecto mientras no realices cambios. Si llenas un nuevo documento, éste invalida al anterior.
  • Es conveniente que revises tus directivas con frecuencia. Quizás cambies de idea en relación a un tema determinado, o desees cambiar el agente apoderado o sustituto.
  • Asegúrate de que tu familia, tu abogado o tu médico, tienen una copia de estos documentos. Y siempre que hagas cambios, dales una copia de este último documento.

Una vez que tengas todo esto en regla, con seguridad te sentirás mucho más tranquila(o). Ojalá no tengas que usarlas nunca, pero dejar tus deseos por escrito te traerá paz a ti, y a tus seres queridos el alivio de que las decisiones que toman coincidan exactamente con tus deseos. No pospongas el asunto y deja todo por escrito lo antes posible.

 

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